Tasa, impuesto y deducciones en tus obras

Para entrada de IVA en tus reformas y arreglos
IVA de tus arreglos o reformas
17 mayo, 2019
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Existe una tasa y un impuesto que, en su caso, deberías abonar:

  • Tasa por licencia de obras: Cuando solicitas una licencia de obras se debe abonar una tasa municipal por las obras. Esta cuantía varía dado que suele estar en función del tipo de obra.
  • Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO): Este impuesto grava la realización de cualquier obra que exija licencia de obras o licencia urbanística, y corre por cuenta de quien encarga la obra. Su importe total, en poblaciones grandes, oscila entre el 2,4 y el 4% del coste de la obra, aunque, afortunadamente, no se exige en todos los municipios.

Pero no todo es pagar, las obras pueden ayudarnos a recortar nuestros “ajustes” con Hacienda. Estas son las deducciones:

  • Además de la deducción por vivienda habitual, pueden incluirse, además de la construcción de la vivienda, los siguientes tipos de obras:
    • Obras de ampliación de la vivienda que supongan un aumento permanente de la superficie habitable, (añadir una planta, unir dos pisos, dar la terraza al salón, etc.).
    • Obras de rehabilitación de la vivienda habitual:
      • Debe tener más de 10 años de antigüedad
      • No superar los 120 m2 de superficie
      • Merecer la consideración de “actuación protegible” por parte de la Administración. Esto requiere que el propietario solicite:
        • Certificado del Ministerio de Fomento o de la Comunidad Autónoma, que además le servirá para pedir subvenciones o préstamos baratos para la obra.
  • Resto de obras de rehabilitación: Si su coste supera el 25% del precio de compra o del valor de mercado de la casa debe haberse adquirido al menos dos años antes.

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